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miércoles, 13 de enero de 2016

Ni huelga, ni manifestación, ni concentración: aparcamiento

A veces hay cosas que parecen tan obvias que es sorprendente que nadie caiga en ellas, o peor aún, que todo el mundo de por sentado lo contrario. Por ejemplo, cuando nos referimos a la protesta que AgroMuralla mantiene en la ciudad de Lugo la mayoría la denominan “huelga”, “manifestación” o “concentración”. Todos esos términos son equivocados.

Una huelga es un cese en la actividad laboral, que en este caso no se ha producido porque tal y como nos indican reiteradamente los protagonistas, se han limitado a aparcar sus máquinas en la ronda y se han ido a sus casas a hacer sus tareas. Decía Giovanni Guareschi en sus inolvidables libros de “Don Camilo” que ese es el drama del mundo rural, que los animales no permiten hacer huelgas como en las fábricas porque si no se ordeñan y se les da de comer revientan.

Tampoco es una manifestación ni una concentración, ya que hasta donde el sentido común alcanza, para que se produzca uno de esos dos fenómenos tiene que haber seres humanos incluidos en la fórmula, cosa que aquí no se da. Por todo esto, alegar un supuesto derecho constitucional referido a tractores es como mínimo llamativo.

Hay jurisprudencia del Tribunal Supremo que indica que es lícito que en una manifestación se incluya maquinaria como forma de dar visibilidad a la protesta, pero éste no es el caso porque los tractores no son un complemento sino la única presencia, y hasta donde yo sé no existe derecho alguno para las máquinas. Al menos hasta el momento.

En la pasada concentración los ganaderos tuvieron el buen sentido y la nobleza de quedarse a hacer noche en sus vehículos. Las concentraciones a altas horas de la noche frente a la Xunta fueron épicas y demostraron que realmente era un esfuerzo personal el que hacían, proporcional al que se exigía al resto de la población y quizás uno de los factores por los que los demás fuimos más comprensivos.

Pero ahora no se ha procedido igualmente. Se han estacionado los tractores y se han marchado a sus casas. Incluso alguna de las personas más activas en redes sociales de esta protesta (aunque vaya usted a saber porque en Facebook hay mucho perfil falso) reconocía públicamente que no les hacían falta las máquinas hasta marzo o abril y que tenían otros para renovar en caso de necesidad. 
 
No se trata, por lo tanto, de una huelga, una manifestación ni una concentración. No se puede aplicar normativa alguna sobre derechos a la protesta porque falta un elemento fundamental: el subjetivo, las personas, los ciudadanos que están protestando supuestamente. Ahí no hay nadie y lo único que tenemos son dos largas hileras de tractores mal aparcados… y en zona urbana la competencia sobre esa materia es del Ayuntamiento de Lugo.

3 comentarios:

  1. El ayuntamiento de Lugo del que , en breve, empezaremos a recibir el recibo del Impuesto de Circulación no permite circular ni aparcar en la Ronda. Los contenedores están sobre las aceras impidiendo, en muchos casos, el paso de una silla de ruedas o el carro de un bebé( comprueben en tramo entre San Pedro y la P de la Estación), las plazas reservadas a discapacitados están anuladas, como los tramos de carga y descarga, el paso de una ambulancia o cualquier otro servicio urgente es, simplemente, imposible. La irresponsabilidad del gobierno municipal es manifiesta aunque no lo es menos el del resto de la administraciones que sostenemos con nuestros impuestos que han alcanzado el nivel de confiscatorios. La Subdelegación de Gobierno pone todo su empeño en salvaguardar un derecho fundamental, como el de manifestación o reunión de las máquinas que,al parecer, también son objeto de un derecho constitucional. Ojalá pusiera el mismo empeño en proteger la libertad y seguridad de los ciudadanos.

    Artículo 21 de la Constitución

    Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
    En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

    La Subdelegación de Gobierno no observa razones fundadas de alteración del orden público ni peligro para personas ni bienes.Curioso. Tampoco vemos que los grupos de la oposición en el ayuntamiento se rasguen las vestiduras con la situación que sufrimos los vecinos del lugar.
    En pocos meses habrá elecciones autonómicas y , quizás, generales. Tomen nota y actúen en consecuencia.

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    1. El recibo de la ORA lo pasaron en octubre..

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  2. Falta el elemento subjetivo para que sea una manifestación o reunión como bien dices,; las personas, que son los sujetos de derecho.
    El abandono de vehículos en la vía publica esta en el Reglamento General de Circulación y por lo tanto en el texto adaptado que los Concellos establecen como normas propias para ordenar la circulación en las ciudades.
    En este caso y especialmente por que afectan gravemente a la circulación en una de las principales vías de la ciudad de Lugo. Impide además la utilización de los estacionamientos regulados (O.R.A), en las zonas que existen.
    Por todo ello solo es querer y proceder a su retirada; ninguno de los responsables u oposición se mojará con este tema.
    Saludos

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