El aparcamiento antes y después (fotos de La Voz de Galicia) Reserva de la Biosfera, margen del Miño y en pleno Camino Primitivo... no creo necesario añadir más. |
Hoy el Club Fluvial celebra una asamblea en que hablarán del estado de las cuentas y de cuatro expedientes de expulsión abiertos contra otros tantos socios por haber difundido en redes sociales críticas al presidente y la directiva de la entidad.
Es curioso que en la web de la entidad no se menciona ni una
sola palabra del asunto. Ni de las cuentas (que por la Ley de Transparencia tendrían que exponer en la página dadas las ingentes subvenciones que reciben, aunque si no la cumple el Ayuntamiento... ya me dirán cómo exigírselo a una sociedad privada), ni de la reunión, ni de las
propuestas de expulsión, por lo que parece que se pretende cerrar el tema
internamente lo que, hay que decirlo, me parece razonable siempre y cuando se
cumpla con los estatutos de la sociedad.
El problema es que si se molestan en leer los Estatutos del
Fluvial verán que el artículo 65 titulado “infracciones muy graves” es más
aplicable a la propia directiva a que a los socios “rebeldes”. Dice ese
artículo en su apartado 3 que es una infracción muy grave “La acción u omisión, de hecho, de palabra, o negligencia que produzca
perjuicios graves de tipo moral o material a algún socio o personal del Club o
sean contrarias a los intereses del Club”. ¿No les parece más que demostrada la negligencia de no presentar a la Confederación la documentación exigida para un tema tan vital para el Fluvial como la concesión del aprovechamiento del río? ¿Cómo calificamos las obras en
el aparcamiento si se demuestra (como parece que la cosa va encaminada) que son
ilegales y que carecen de los permisos necesarios?
Si se demuestra que eso es así, hay otros artículos
aplicables como el punto 8º “El uso
indebido de las ayudas o subvenciones recibidas por el Club” si se
utilizaron esos fondos para las obras que son presuntamente irregulares.
Por otro lado, si se saltan el procedimiento sancionador que
reflejan los Estatutos también se les podría aplicar el punto anterior, que
penaliza “la acción intencionada y
reiterativa que obstaculice y quebrante el funcionamiento de los órganos de
Gobierno y Gestión del Club”. Teniendo en cuenta que la asamblea general
es el principal órgano, intentar escamotearles sus funciones en el proceso
parece que entra directamente dentro de lo que figura en este artículo.
Verán, no pretendo ponerme del lado de los socios rebeldes
ni lo contrario, pero francamente, una cosa es abrir un expediente a alguien por poner a parir a la directiva
porque no le han dado a tu niño el puesto principal en el equipo de natación
cuando sólo flota con manguitos y otra muy diferente hacerlo por poner en duda la gestión
más que discutida y discutible de los asuntos que han saltado a las primeras
páginas de los periódicos en lo relativo a la gestión del Fluvial. Hablamos
tanto de las chapuzas ante la Confederación Hidrográfica de las
concesiones del Club (que se archivaron porque no presentaron la documentación
que les pedían) como de la barbaridad de obra del nuevo aparcamiento.
Que se haya hecho esa monstruosidad de asfalto en una zona protegida por todas las normas posibles ya que se junta el estar en el margen del río (de hecho técnicamente se puede considerar que está en el cauce si se inunda en las crecidas) y además está en pleno Camino Primitivo de Santiago, con lo que eso supone como bien sabe cualquier propietario que tenga una finca en ese entorno.
Es difícil que la Directiva afirme ignorar las protecciones de su entorno cuando las anuncian en la página oficial del Club |
Así que si un asociado quiere criticar la gestión de un
asunto que hasta donde todos sabemos está ahora mismo investigado por la
Confederación Hidrográfica y el Ayuntamiento de Lugo (y me falta que Cultura de
la Xunta meta mano por el tema del Camino) me parece razonable. Y abrirle un
expediente de expulsión sólo sirve para intentar acallar unas críticas
legítimas y razonables.
De hecho, se aprecia una particular persecución contra estos socios, ya que si recuerdan en redes sociales se montó un buen pifostio cuando siguieron cobrando las cuotas a los socios durante el confinamiento, una medida que también aplicó el Círculo de las Artes con buen criterio en ambos casos, porque aunque los gastos se reduzcan no desaparecen. En esa ocasión un buen número de socios puso a caldo a la directiva y les acusó de diversas barbaridades, al igual que cuando se decidió tramitar un ERE ("ERTE") para los trabajadores durante el confinamiento. Ni un solo expediente de expulsión fue abierto por ese motivo según lo que sabemos, únicamente se han centrado en quienes han criticado una obra que, si acaba con una reposición de la legalidad o si se demuestra que faltan permisos, debería suponer la dimisión por vergüenza torera o, en caso contrario, la moción de censura de la directiva del Fluvial.
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