Se acabó el debate. Ya no hay dudas interpretativas (que, por otro lado, eran más fruto del deseo que de la realidad jurídica) desde el día 2 de Enero de 2021 los patinetes en Lugo han de circular por la calzada, al igual que en el resto de España. La Dirección General de Tráfico ha resuelto esta cuestión definitivamente, y ha dejado a un lado sus recomendaciones iniciales para convertirlas en normas obligatorias.
Si bien anteriormente simplemente hacían una especie de “sugerencia”
a los ayuntamientos para que en sus normativas locales incluyesen ese criterio,
no era algo vinculante por lo que en algunas ciudades como Lugo los patinetes
estaban expresamente obligados a circular por las aceras y las zonas
peatonales, justo al revés de lo que sucede ahora.
Sorprendentemente el Ayuntamiento de Lugo, que tanta prisa
se dio para aprobar normativas como las ordenanzas fiscales para poder cobrar
los vados en 2021 (antes de que los juzgados le tumbasen la que estaba vigente,
y que está recurrida por ilegal) y para aumentar las tasas de terraza entre un
187% y un 600% (en esto no había obligación alguna por mucho que lo repitan, y
lo han hecho porque les ha dado la gana), no ha modificado la ordenanza de
circulación, que ve vergonzosamente anulada por una norma superior y que podían
haber corregido en el Pleno de diciembre para evitar tener colgada en la página
web oficial una regla contradictoria con la realidad.
A día de hoy un usuario de patinete eléctrico se puede
descargar la ordenanza de circulación del Ayuntamiento de Lugo y sentirse
protegido para andar con su cachivache por aceras y zonas peatonales, ajeno a
la sanción que le puede caer porque eso es ilegal a día de hoy. Sólo la pereza
administrativa y la lentitud burocrática para los temas que interesan poco o
nada a nuestros gobernantes explica que “eso” siga colgado a día de hoy en la
web municipal.
No deja de ser curioso que en enero de 2020 el Pleno aprobó
una modificación de la ordenanza de circulación para permitir un tipo de pasos
de peatones, algo que me parece fantástico, pero no tocaron el artículo 56 que
es el que ahora crea un problema. Teniendo en cuenta que esa reforma aprobada
hace ahora un año se publicó en el BOP en diciembre de 2020, podemos suponer
que hasta el año 2022 por lo menos la normativa local que obliga a los
patinetes eléctricos a circular por las aceras y zonas peatonales seguirá ahí
colgada, para mayor gloria de la administración pública. Es ilegal, no es
aplicable y te pueden multar por cumplirla, pero ahí sigue.
Menuda presa ten vostede! (sen acritúde ;-)
ResponderEliminarAntes, se cadra, deberían actualizar a normativa local sobre as inspeccións técnicas de edificios (ITE), que fai referencia a unha lei expresamente derogada fai case cinco anos.