tag:blogger.com,1999:blog-1133626871837889542.post2639029190164495761..comments2024-03-21T07:44:13.066+01:00Comments on Historias desde Lugo: ¿Derribamos el Garañón?Luis Latorre Realhttp://www.blogger.com/profile/09736389905881060297noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-1133626871837889542.post-73953175990449677632018-11-19T09:58:19.436+01:002018-11-19T09:58:19.436+01:00Acertadas reflexiones, Don Luis. El asunto tiene m...Acertadas reflexiones, Don Luis. El asunto tiene mucha miga y no va a resolverse con una carta a los Reyes Magos.<br />En primer lugar habría que analizar un poco el asunto. Saber de donde venimos y a donde podemos ir.<br />Como usted bien sabe, no nos encontramos ante un problema surgido de la nada en el Plan General de 1991. No. La cosa viene de bastante más atrás.<br />Concretamente, del viejo Plan de 1969 que, por cierto, era bastante bueno para su época.<br />En efecto, ese Plan preveía una ordenación única de toda la Calle García Portela con planta baja y ocho altas.Y tal circunstancia confería a los propietarios unos derechos edificatorios, guste o no.<br />Lo que hizo el Plan del 91 fue proteger el edificio del sanatorio y configurar una unidad de actuación con un coeficiente de 2,05 m2/m2. Era una edificabilidad alta, sin duda, pero reducía muy notablemente la preexistente y se conseguía así evitar un litigio con los propietarios cuyo resultado habría resultado incierto.<br />El gobierno local de Orozco negoció un convenio y redujo aún más esa edificabilidad, con lo que, al menos aparentemente, la situación mejoraba.<br />El error cometido, en mi opinión, fue la composición volumétrica del monstruo resultante. Aquí sí creo que erró el Concello, que podría haber impuesto una ordenación menos agresiva y no lo hizo. De hecho, existían bocetos del anterior propietario que recogían una edificación escalonada de mucho menor impacto.<br />Lo que ocurrió después ya lo sabemos. Utilizando con éxito las brechas que trae consigo la permanente inseguridad jurídica de la normativa urbanística, hubo un colectivo que se llevó por delante judicialmente el proyecto.<br />Y en esas estamos, Señor Latorre.<br />Como usted bien dice, la cosa debe ser más, mucho más, que una mera declaración de voluntad.<br />Una actuación de esa envergadura requiere un estudio económico financiero real y viable. No olvidemos que estamos hablando de una modificación de Plan General en la que se pretende la obtención de una dotación, esa zona verde. Y que para ello debe alterarse también el Estudio Económico Financiero con el que debe contar obligatoriamente todo plan general.<br />Cualquier iniciativa que prescinda de esto está condenada al fracaso si alguien la impugna.<br />Por lo tanto, Don Luis, tiene usted razón desde el punto de vista del sentido común. Pero, también, desde el punto de vista legal.<br />Porque, aunque desgraciadamente no siempre, el Derecho no es más que sentido común hecho norma.<br />Reciba un cordial saludo.<br />Anonymousnoreply@blogger.com