miércoles, 18 de enero de 2017

A igual trabajo igual sueldo... salvo que recibas dinero del Ayuntamiento, entonces no



Ayer establecíamos la absurda paradoja de que el gobierno municipal prime a las empresas que ofertan peores condiciones a sus trabajadores en lugar de subvencionar con más fuerza a las que se comprometen por más tiempo y a jornada completa. Hoy, rizando el rizo, veremos cómo para el mismo trabajo se pagan diferentes importes mensuales.

Las bases de “ConTrato Feito!” dicen que se estimará como importe subvencionable un porcentaje (el 70% para las empresas y el 100% para las asociaciones) “de los costes salariales y de cotización empresarial a la Seguridad Social”. Añade que esa cuantía no podrá ser superior “a la establecida en el convenio colectivo sectorial aplicable a la entidad, y que será de aplicación a esta contratación, de acuerdo con la categoría profesional del personal trabajador”.

Esto, que parece estar escrito para que una empresa no intente cobrar una subvención con la que pague de más a sus trabajadores (si es que eso es posible), es peculiar porque sí deja en manos de las empresas pagar menos a los trabajadores de lo que fije el convenio colectivo sectorial. ¿No es llamativo? Además de difícilmente legal en mi modesto entender.

De esta forma nos encontramos con paradojas extravagantes como que para dos personas en idénticas condiciones haya diferencias de salario importantes. Por ejemplo, una empresa que contrata a una mujer desempleada de larga duración, menor de 30 años, por doce meses y a media jornada abonará a la empleada 394,77 euros, mientras que otra sociedad, por lo mismo, pagará 499,91 euros mensuales. Un 21% de diferencia es mucha diferencia.

Otro ejemplo es el de dos empresas que contratan cada una a una dependienta, mujer desempleada, por un total de 12 meses y a jornada completa. Mientras una empresa recibe 12.422,59 euros la otra ve mermada su ayuda a 8.419,15 euros, con lo que la trabajadora de esta última empresa cobraría un 32% menos de sueldo que su compañera.

Lo llamativo del asunto es que no tiene mucha explicación, ya que en todos esos casos hablamos de los mismos convenios colectivos, que se han de aportar con toda la documentación de la subvención. No entiendo esa discrepancia, quizás alguien lo pueda explicar.

Pero aun en el supuesto de que haya una motivación traída por los pelos, ¿no sería lógico que unas subvenciones que cuyo fin es crear empleo exijan que se pague por las tablas del convenio? ¿No es de sentido común que una empresa que financia sus coses laborales con dinero de la administración premie el mismo trabajo con el mismo salario?

Francamente, un tema solo podría ser grave… pero todos juntos…

1 comentario:

  1. http://lugo.gal/sites/default/files/documentos/adjuntos/2017/01/lina_a_-_relacion_de_empresas_beneficiarias_0.pdf

    Beneficiarias
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    08/2016 2 XMIL SOLUCIONES S.L. B27401132 14.808,36 4,48
    DESEMPREGADO/A MENOR DE
    30 ANOS, 13 MESES, XORNADA
    COMPLETA
    ANALISTA DE ORDENADOR
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    14/2016 2 X MIL S. COOP.
    GALEGA F27471309 14.808,36 3,92
    DESEMPREGADO/A, MENOR DE
    30 ANOS, 13 MESES, XORNADA
    COMPLETA
    ANALISTA DE ORDENADOR

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