miércoles, 5 de agosto de 2020

Monarquía o República II: Las funciones del Rey y del Presidente

Interesante resumen que he encontrado en https://www.opoesquemas.es/funcionesrey/


Para hablar de sistemas políticos republicanos y monárquicos hemos de entender que dentro de cada uno de ellos hay diferentes tipos. Por ejemplo, no es lo mismo una monarquía absoluta que una parlamentaria, ni un sistema republicano presidencial de uno parlamentario (se repite el término, qué quieren que le haga yo).

Las funciones del Presidente de República:

Dependen del tipo de República. Las hay presidencialistas, en que se elige al Jefe del Estado en elecciones directas (el caso de Estados Unidos es el más obvio, pero también funcionaba así la República de Weimar, que desembocó en el nazismo, para poner otro caso extremo) y habitualmente éste ejerce el poder directamente o designa a un Primer Ministro que se encargue del poder Ejecutivo. También pueden ser Parlamentarias, donde se vota a los diputados del Congreso y ellos eligen al Presidente de la República. Esto último es muy parecido a lo que tenemos en España solo que a quién eligen aquí es al Presidente del Gobierno.

Dependiendo de esto las funciones varían enormemente. Por ejemplo en el caso de Estados Unidos el Presidente tiene un poder tremendo al ser jefe de Estado y de Gobierno al mismo tiempo. Puede incluso vetar cualquier ley que apruebe el Congreso y, aunque es un mito que pueda declarar la guerra (eso lo hace el Congreso) sí es cierto que comanda las fuerzas armadas y es quien lleva el peso de la contienda. No puede presentar leyes directamente (en España el Gobierno sí lo hace y de hecho su tramitación es más sencilla) pero sí suelen “encargar” a alguien del partido que lo hagan e influir para que se aprueben.

Un caso distinto es si el Presidente de una República no es al mismo tiempo jefe de Estado y de Gobierno, como en Francia. Allí el Presidente se elige en las urnas y él nombra al Primer Ministro, que puede ser cesado por la Asamblea (el Congreso en Francia). Esto es crea situaciones curiosas, como en los casos en que el Presidente es de un partido y la mayoría de la Asamblea de otro, y en esos momentos suelen ir con más cuidado, lo que no suena necesariamente mal. En este sistema el Jefe de Estado (el Presidente) suele ser más bien el responsable de las relaciones exteriores, pero también tiene poderes importantes como ser jefe del Ejército, puede convocar referédums, incluso puede disolver la Asamblea y provocar elecciones… Es un sistema más complejo pero en mi opinión más garantista que el de Estados Unidos.

Las funciones del Rey:

Aquí pasa lo mismo según hablemos de un tipo u otro de monarquía. En una monarquía absoluta el Rey ejerce todos los poderes: legisla, juzga y también es el poder ejecutivo. El Gobierno depende de su voluntad y a él se supone que lo ha designado Dios, así que es complicado rebatirle nada. Evidentemente hoy día es poco frecuente defender este tipo de gobierno, pero ya saben que hay gente para todo.

En la monarquía parlamentaria, que es el sistema que tenemos en España, hay un Rey que representa la unidad del Estado, pero realmente no tiene funciones propias. Depende enteramente de lo que le marquen el Gobierno y el Congreso de los Diputados (el Senado aquí ni pincha ni corta) y se reduce a funciones meramente simbólicas como la apertura de la sesión de las Cortes y esas cosas.

Es cierto que sanciona las leyes (es decir, las firma) pero la Constitución no le deja opción a no hacerlo. Es decir, que se dice que el Rey “sancionará las leyes”, no que “podrá sancionar las leyes”, es una obligación, no una elección.

Entonces, si el Rey está de adorno, ¿para qué sirve? Pues para nada, realmente (nunca mejor dicho). Es simplemente una figura, un símbolo, la personificación de la unidad del Estado y de la permanencia de España más allá de las luchas políticas y las veleidades de cada momento. Tampoco nos sirven para nada la Bandera o el Himno, y ahí están.

Hay una función del Rey que se basa en el ejercicio de la autoridad: el “arbitraje” entre las instituciones del Estado. Se entiende como en los sistemas clásicos que diferenciaban “autóritas” de “potestas”, es decir, la Autoridad del que habla con mesura, con juicio y con “sentidiño” frente a quien ejerce el verdadero Poder, que en teoría es el Congreso de los Diputados pero en la práctica, en España, son los partidos políticos.

En definitiva, podríamos resumir que el Rey, a día de hoy, no tiene funciones “prácticas” relevantes y simplemente es un mero ejecutor de lo que le mandan el Gobierno y el Congreso de los Diputados… pero con una autoridad importante, como es lógico.

Mañana hablaremos del coste de cada sistema.


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