jueves, 25 de abril de 2024

Ocio nocturno: muerto el perro se acabó la rabia

 

La reducción de fechas en que los locales de hostelería pueden ampliar un poco su horario (un par de horas) hace que de 13 días al año sólo se pueda hacer en 6. Arde Lucus, Caudal Fest, San Froilán, Día de la Hispanidad, Todos los santos y Navidad son los días elegidos por el Ayuntamiento para permitir esa ampliación. Quedan fuera fechas tan significativas como el Día das Letras Galegas, el del Apóstol (25 de Julio) o el 15 de agosto.

El argumento municipal es el de acceder a las peticiones de organizaciones vecinales y mejorar la calidad del descanso y su compatibilidad con el ocio nocturno. Suena muy bien, pero parte de un supuesto falso: que ampliar esos horarios implica necesariamente que aumente el ruido callejero.

Las más que rígidas (y muy razonables) normativas sobre ruidos hacen que, como es natural, los locales estén muy bien aislados y que la música que ponen no sea perceptible desde el exterior. Tienen además obligación de tener doble puerta para que nunca estén las dos abiertas al mismo tiempo y así que los ruidos no salgan cuando entra y sale gente. Eso es lo que ha de garantizar el descanso vecinal y no cerrarlos en el horario habitual en los festivos más señalados del año.

Comprendo que puede parecer una relación causa-efecto el tener un pub abierto debajo de casa y que haya jarana delante del local, pero eso es una relación de ideas que no tenemos por qué asumir. Lo suyo es, en esos casos, sancionar a las personas que están vociferando fuera del establecimiento. Es como relacionar la existencia de los coches con los excesos de velocidad. Evidentemente si no hubiera coches no habría accidentes, pero no por eso prohíben la circulación en las "operaciones salida", que sería una forma pareja a la que decreta nuestro ayuntamiento de evitar las muertes en esas fechas. Los coches se pueden utilizar responsablemente, conduciendo como se debe, y el ocio nocturno también.

Hay medidas más razonables como reducir el volumen de la música a partir de determinada hora, impedir el uso de terrazas también a partir de un punto, o, como apuntaba antes, vigilar las zonas donde hay locales abiertos a esas horas para evitar que los clientes se pongan a montar escándalo fuera del establecimiento.

Pero claro, en esta sociedad polarizada en que vivimos, en que todo es blanco o negro, muerto el perro se acabó la rabia, por lo que es más fácil evitar esa ampliación horaria y que la gente se recoja antes, como propone Yolanda Díaz.

¿Quién nos iba a decir que los partidos de izquierda se dedicarían a hacer visitas al Papa y mandarnos pronto para casita, que trasnochar es de gente de mal vivir?

Ahora sólo falta que hagan algo con el botellón, que eso se ve que no causa problemas... o si los causa son más asumibles que la pérdida de votos que perseguirlo.

4 comentarios:

  1. Le explicaré el porqué de esa decisión, porque parece que solo ve lo que quiere ver...
    Hay una Ley en Galicia ( Ley de espectáculos públicos. Art.17)que regula las ampliaciones y reducciones de horarios.
    Los horarios viene desarrollados por una orden ( 26 de octubre de 2020)
    La realidad es que el ayuntamiento estaba incumplimiento sistemáticamente los días que la orden permite ampliar y le han tirado de las orejas, pero eso no lo van a reconocer y dicen que ahora les importa el descanso de los vecinos...
    Los días que usted comenta (15 de agosto, días de las letras gallegas...) no es posible ampliar el horario si se quiere respetar la legislación vigente.
    Un saludo

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    1. Es una pena que un comentario que podría ser constructivo empiece por una faltada.

      Por otro lado el decreto al que usted se refiere no dice lo que usted quiere ver que dice, puesto que a las fiestas concretas como Navidad o Semana Santa une un apartado abierto a la interpretación.

      No hay más que ver que aplicando su peculiar visión ampliar horarios en el Caudal Fest también sería ilegal, y no lo es.

      Artículo 9. Ampliaciones de horarios

      1. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.f) de la Ley 10/2017, de 27 de diciembre, los ayuntamientos podrán ampliar para todo su término municipal o para zonas concretas del mismo los horarios generales de cierre de los establecimientos abiertos al público así como de finalización de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas, durante la celebración de las fiestas y verbenas populares, del Carnaval, de la Semana Santa y de la Navidad, haciendo compatible, en todo caso, su desarrollo con la aplicación de las normas vigentes en materia de contaminación acústica.

      2. Los ayuntamientos, mediante acuerdo del órgano competente, establecerán el número máximo de días naturales al año en que podrán ampliar los horarios de cierre de los establecimientos abiertos al público, de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas.

      3. A efectos de esta orden, se entenderá por Carnaval el período comprendido entre el Jueves de Carnaval y el Miércoles de Ceniza, ambos incluidos, por Semana Santa el período comprendido entre el Domingo de Ramos y el Domingo de Resurrección, ambos incluidos, y por Navidad el período comprendido entre el 22 de diciembre y el 6 de enero, ambos incluidos.

      4. En todos los supuestos anteriores, las ampliaciones de horario no podrán superar, en ningún caso, en 2 horas los horarios generales de cierre de los establecimientos abiertos al público, de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas.

      5. Los ayuntamientos también podrán ampliar el horario general de determinados espectáculos públicos musicales de características específicas o excepcionales hasta un máximo de 2 horas.

      Un saludo.

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  2. Mi "peculiar" interpretación me permite leer en el 9.5. "MUSICAL EXCEPCIONAL"
    Lo que hace posible ampliar el caudal fest y deja sin sentido hacerlo por ejemplo, el día de las letras gallegas.
    Vuelve a ver lo que quiere para justificarse, ya que en ningún momento he dicho que el caudal fest no pueda realizarse...
    La orden delimita perfectamente los días permitidos y añade los espectáculos MUSICALES EXCEPCIONALES.
    Si usted quiere interpretar es libre de hacerlo para defender su postura en pro de la hostelería, faltaría más.
    Un saludo

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    1. Ampliar los horarios de los espectáculos musicales no es ampliar los de la hostelería durante el Caudal Fest.

      Yo no interpreto, leo... debería probarlo en lugar de intentar ridiculizar a los demás.

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